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  • «CIJ a los 80/1: ¿Triunfo del derecho internacional o crisis de efectividad? El debate que divide a la profesión jurídica»edsc

    «CIJ a los 80/1: ¿Triunfo del derecho internacional o crisis de efectividad? El debate que divide a la profesión jurídica»edsc

    La Haya, 17 de abril de 2026. Mientras la Corte Internacional de Justicia (CIJ) conmemora ocho décadas de existencia, la profesión jurídica internacional enfrenta una pregunta incómoda: ¿sirve realmente el principal órgano judicial de la ONU para resolver conflictos en un mundo donde las potencias ignoran sus fallos?

    La sesión solemne en el Palacio de la Paz, con la presencia del secretario general António Guterres y el rey Guillermo Alejandro, dejó claro el mensaje institucional: «La fuerza del derecho debe prevalecer siempre sobre el derecho de la fuerza». Pero detrás de la retórica, los datos revelan una realidad compleja que todo abogado internacionalista debe conocer.

    El balance jurídico: 190 casos, ¿qué hemos aprendido?

    Desde 1946, la CIJ ha construido un corpus jurisprudencial que ha definido conceptos clave del derecho internacional: desde la delimitación marítima en Nicaragua vs. Colombia hasta la prohibición del uso de la fuerza en Congo vs. Uganda. Sin embargo, el aniversario llega en un momento crítico.

    Casos emblemáticos activos prueban los límites del sistema:

    • Guyana vs. Venezuela (Esequibo): La Corte enfrenta su prueba más delicada en materia de integridad territorial
    • Sudáfrica vs. Israel (Gaza): Las medidas provisionales ponen bajo escrutinio la efectividad del mecanismo cautelar
    • Ucrania vs. Rusia: El desafío de hacer cumplir fallos contra una potencia con veto en el Consejo de Seguridad

    La paradoja que divide a los internacionalistas

    «La CIJ sigue siendo esencial incluso cuando los Estados acuden a ella en situaciones de alta complejidad geopolítica», afirmó el presidente Yuji Iwasawa. Pero la realidad práctica es otra: la tasa de cumplimiento voluntario de sentencias ronda el 70%, según estudios académicos recientes. Cuando fallan las potencias del Consejo de Seguridad, ese porcentaje cae drásticamente.

    Para los abogados que litigan ante la Corte, esto plantea dilemas éticos y estratégicos:

    • ¿Vale la pena invertir años en un litigio cuyo fallo podría ser ignorado?
    • ¿Cómo asesorar a Estados clientes sobre los riesgos de acudir a La Haya?
    • ¿Qué valor tiene una sentencia declaratoria sin mecanismo coercitivo efectivo?

    Lo que los profesionales deben saber

    El aniversario no es solo conmemoración: es un llamado a repensar la arquitectura del derecho internacional. La presencia del rey Guillermo Alejandro y representantes de la Asamblea General refuerza el compromiso político, pero la reforma del Consejo de Seguridad sigue estancada, manteniendo intacta la principal limitación estructural del sistema.

    Para la práctica jurídica, esto significa que:

    1. Las opiniones consultivas ganan relevancia como herramienta de soft law
    2. La estrategia litigiosa debe incluir planes de cumplimiento post-sentencia
    3. La diplomacia jurídica paralela es tan importante como el argumento legal

    Conclusión para el litigante

    La CIJ cumple 80 años no como un museo del derecho internacional, sino como un campo de batalla donde se define si el multilateralismo jurídico puede sobrevivir al resurgimiento del poder duro. Para los abogados internacionalistas, el mensaje es claro: dominar el derecho sustantivo ya no basta; hay que entender la geopolítica que lo limita.

  • CPI confirma cargos y envía a juicio a Rodrigo Duterte por crímenes de lesa humanidad

    CPI confirma cargos y envía a juicio a Rodrigo Duterte por crímenes de lesa humanidad

    La Sala de Cuestiones Preliminares I de la Corte Penal Internacional ratificó por unanimidad los tres cargos de asesinato y tentativa de asesinato como crímenes de lesa humanidad cometidos entre 2011 y 2019 en el marco de la campaña antidrogas. El exmandatario filipino, detenido desde 2025, enfrentará un proceso completo en La Haya. sc

    La Haya, 23 de abril de 2026. La Sala de Cuestiones Preliminares I de la Corte Penal Internacional (CPI) confirmó por unanimidad todos los cargos contra Rodrigo Roa Duterte y lo remitió a juicio. Se trata del primer exjefe de Estado asiático que llega a esta fase en la historia del tribunal.

    Los jueces concluyeron que existen motivos fundados para considerar responsable al ex presidente de tres cargos de asesinato y tentativa de asesinato como crímenes de lesa humanidad. Los hechos abarcan el período comprendido entre el 1 de noviembre de 2011 y el 16 de marzo de 2019, que incluye su gestión como alcalde de Davao City y sus seis años como presidente de Filipinas.

    La decisión se basa en la evidencia presentada durante las audiencias de febrero de 2026, en las que participaron la Fiscalía, la defensa y representantes de las víctimas. Los magistrados identificaron un patrón de ataques generalizados y sistemáticos contra la población civil, orquestados desde el poder estatal y municipal. Según la acusación, Duterte impulsó, difundió e implementó una política orientada a “neutralizar” a presuntos delincuentes, que derivó en miles de ejecuciones extrajudiciales.

    El caso tiene raíces en la ciudad de Davao, donde Duterte gobernó durante más de dos décadas y donde operó el controvertido Davao Death Squad. Esa estructura, según las investigaciones, sirvió de modelo para la escalada nacional tras su llegada a Malacañang en 2016. Las cifras oficiales filipinas hablan de más de 6.000 muertes en operativos antidrogas, aunque organizaciones de derechos humanos elevan la estimación a decenas de miles, incluyendo ejecuciones fuera de cualquier marco legal.

    Filipinas se retiró del Estatuto de Roma en 2019, pero la CPI mantiene jurisdicción sobre los crímenes cometidos antes de la salida efectiva del país. La Sala de Apelaciones ya había confirmado esa competencia en las semanas previas. Duterte fue detenido en Manila en marzo de 2025 y trasladado a La Haya, donde permanece bajo custodia del tribunal.

    Esta confirmación de cargos marca un punto de inflexión en la relación entre Manila y la justicia penal internacional. Durante su presidencia, Duterte desafió abiertamente a la CPI, tildándola de instrumento colonial y amenazando con retirar al país del tribunal. Su sucesor, Ferdinand Marcos Jr., adoptó una postura más ambigua, aunque el gobierno actual cooperó en la entrega del exmandatario.

    Para las familias de las víctimas, el avance del caso representa la posibilidad de obtener respuestas oficiales sobre las circunstancias de las muertes y posibles reparaciones. Organizaciones como Human Rights Watch y Amnistía Internacional han señalado que el proceso puede establecer un precedente sobre la responsabilidad de altos funcionarios por políticas de seguridad que derivan en violaciones masivas.

    El juicio, cuya fecha de inicio aún no ha sido fijada, pondrá bajo escrutinio no solo la figura de Duterte, sino también el rol de la Policía Nacional de Filipinas y de figuras cercanas que participaron en la implementación de la campaña. La defensa ha anunciado que apelará la decisión y mantendrá la tesis de que las operaciones fueron legítimas acciones contra el narcotráfico.

  • La comunidad internacional sigue con atención el proceso…

    La comunidad internacional sigue con atención el proceso…

    La Corte Internacional de Justicia celebra audiencias públicas en el caso Guyana vs. Venezuela por la soberanía del Esequibo (4-11 de mayo de 2026)

    La Corte Internacional de Justicia (CIJ), principal órgano judicial de las Naciones Unidas con sede en La Haya, inició el lunes 4 de mayo de 2026 las audiencias públicas sobre el fondo del caso Laudo Arbitral de 3 de octubre de 1899 (Guyana c. Venezuela). Las sesiones se extenderán hasta el lunes 11 de mayo y constituyen una fase clave en uno de los litigios territoriales más antiguos y estratégicos de América del Sur.

    El litigio se centra en la validez y el carácter vinculante del Laudo Arbitral de París de 1899, que delimitó la frontera entre Venezuela y la entonces Guayana Británica, otorgando a esta última la mayor parte del territorio en disputa. Guyana defiende la plena validez del laudo y solicita a la Corte que confirme su soberanía sobre la región del Esequibo, un área de aproximadamente 160.000 km² rica en petróleo, minerales y recursos naturales que representa alrededor de dos tercios de su territorio continental.

    Posiciones de las partes

    Guyana presentó sus primeros alegatos orales el 4 de mayo, argumentando la definitividad del laudo de 1899 y rechazando las reclamaciones venezolanas. El país caribeño sostiene que la controversia debe resolverse conforme al derecho internacional y que la CIJ tiene plena competencia para decidir sobre el fondo del asunto.

    Venezuela, por su parte, mantiene que no reconoce la jurisdicción de la Corte en este caso y reafirma que la única vía válida para resolver la disputa es el Acuerdo de Ginebra de 1966, que prevé una solución negociada. Durante sus intervenciones (6 y 11 de mayo), la delegación venezolana —encabezada por figuras como Delcy Rodríguez y Samuel Moncada— ha insistido en la “nulidad” del laudo de 1899 y en la defensa de sus “derechos históricos” sobre el Esequibo.

    Las audiencias siguen el siguiente esquema aproximado:

    • 4 de mayo: Primera ronda de Guyana
    • 6 de mayo: Primera ronda de Venezuela
    • 8 de mayo: Segunda ronda de Guyana
    • 11 de mayo: Segunda ronda (cierre) de Venezuela

    Contexto e importancia

    Este caso representa un paso decisivo en un diferendo que data del siglo XIX y que ha adquirido mayor relevancia en las últimas décadas debido al descubrimiento de importantes yacimientos petroleros en aguas adyacentes al Esequibo. La decisión final de la CIJ, que podría tardar aún varios meses, será vinculante y podría definir de manera definitiva la frontera entre ambos países.

    La comunidad internacional sigue con atención el proceso, que se desarrolla en un clima de tensión pero dentro del marco del respeto a los procedimientos judiciales multilaterales.

    Fuentes principales (al menos tres referencias fiables):

    1. Corte Internacional de Justicia (oficial) – Comunicado y agenda de audiencias (23 de abril de 2026): https://www.icj-cij.org/node/206313 y página del caso.
    2. El País (España) – “Delcy Rodríguez cruza Europa para pelear el Esequibo en La Haya” (9 de mayo de 2026).
    3. Infobae / Swissinfo / medios argentinos y regionales – Cobertura detallada de las audiencias y posiciones de ambas partes (abril-mayo 2026).
  • El argentino Santiago Villalpando será el nuevo Registrador de la Corte Internacional de Justicia

    El argentino Santiago Villalpando será el nuevo Registrador de la Corte Internacional de Justicia

    La Corte Internacional de Justicia elige a Santiago Villalpando (Argentina) como nuevo Registrador

    La Corte Internacional de Justicia (CIJ), órgano judicial principal de las Naciones Unidas, anunció el 7 de mayo de 2026 la elección de Santiago Villalpando como su nuevo Registrador. El jurista argentino ocupará el cargo por un período de siete años, sucediendo a Philippe Gautier, cuyo mandato concluye el 31 de julio de 2026.

    La elección se realizó en una reunión privada de la Corte, conforme a sus procedimientos internos. El Registrador (o Greffier) es el máximo funcionario administrativo de la CIJ y dirige la Secretaría, responsable de la gestión operativa, el apoyo a los jueces, la tramitación de los casos, las comunicaciones oficiales y el archivo de la jurisprudencia. Este rol es clave para garantizar el funcionamiento eficiente de la Corte, que resuelve disputas interestatales y emite opiniones consultivas de gran relevancia en el derecho internacional.

    Perfil de Santiago Villalpando

    Villalpando, de nacionalidad argentina y con doble nacionalidad española, cuenta con una destacada trayectoria en derecho internacional. Es actualmente Asesor Jurídico y Director de la Oficina de Normas Internacionales y Asuntos Jurídicos de la UNESCO. Anteriormente ocupó cargos relevantes en el sistema de Naciones Unidas, entre ellos:

    • Jefe de la Sección de Tratados de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la ONU.
    • Registrador del Tribunal de Disputas de las Naciones Unidas en Nueva York.
    • Funcionario en la División de Codificación de la Oficina de Asuntos Jurídicos de la ONU.
    • Colaborador en la propia CIJ y en el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia.

    Posee un doctorado summa cum laude en Derecho Internacional del Graduate Institute of International and Development Studies de Ginebra, y ha publicado ampliamente sobre temas como el derecho de los tratados, la responsabilidad internacional y el funcionamiento de las organizaciones internacionales. Su elección refuerza la presencia latinoamericana en los altos cargos de la justicia internacional.

    Importancia de la designación

    Esta designación fortalece la administración de la principal corte judicial de la ONU en un momento de creciente demanda de resoluciones pacíficas de controversias internacionales. Expertos y colegas, especialmente de la comunidad jurídica argentina, han destacado el nombramiento como un reconocimiento a la excelencia de la escuela latinoamericana de derecho internacional.

    Fuentes principales (al menos tres referencias fiables):

    1. Comunicado oficial de la Corte Internacional de Justicia (7 de mayo de 2026): https://www.icj-cij.org/node/206353 (disponible en inglés y francés).
    2. Biografía oficial en el sitio de la UNESCO y Audiovisual Library of International Law de la ONU.
    3. Reacciones y confirmaciones en canales diplomáticos y académicos argentinos (LinkedIn de juristas como Mario Oyarzábal y publicaciones en redes de la comunidad internacionalista).
  • España y el TEDH: las sentencias de Estrasburgo que marcaron la jurisprudencia española en 2025

    El año 2025 dejó varios pronunciamientos del Tribunal Europeo de Derechos Humanos contra España que obligaron a modificar prácticas judiciales consolidadas. Los casos abarcan desde la duración excesiva de procesos penales hasta el uso de prueba obtenida mediante escuchas sin control judicial adecuado.\n\nLa sentencia más comentada involucra una condena por violación del artículo 6 del Convenio Europeo en un proceso penal donde la prueba de cargo principal derivaba de interceptaciones telefónicas autorizadas con una motivación insuficiente por parte del juez instructor.\n\nEl Consejo General del Poder Judicial español inició una ronda de formación para magistrados y jueces, orientada a incorporar los estándares del TEDH en la práctica cotidiana de los juzgados, especialmente en materia de derechos procesales y control de la actividad policial.

  • Perú: Tribunal Constitucional delimita el alcance del control de convencionalidad en sede interna

    El Tribunal Constitucional del Perú emitió una sentencia relevante que precisa los alcances y límites del control de convencionalidad que deben ejercer los jueces nacionales al aplicar la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.\n\nEl fallo establece que los jueces peruanos deben aplicar los estándares interamericanos pero con un margen de apreciación nacional que respete las particularidades del ordenamiento jurídico interno. El tribunal rechazó la tesis de que la jurisprudencia de la Corte IDH tenga rango constitucional automático en el sistema peruano.\n\nLa decisión genera debate en la comunidad académica: mientras algunos la ven como un retroceso en la protección de derechos, otros la consideran una afirmación saludable del diálogo entre jurisdicciones antes que una relación de simple subordinación.

  • Opinión: el arbitraje de inversión necesita una reforma profunda, no parches cosméticos

    El debate sobre la reforma del sistema de solución de controversias entre inversores y Estados lleva más de una década sin llegar a resultados concretos. Las propuestas de crear un tribunal multilateral de inversiones, impulsadas desde UNCITRAL, avanzan a paso lento mientras los laudos millonarios siguen acumulándose.\n\nEl problema de fondo no es técnico sino político: los países desarrollados, exportadores netos de capital, defienden un sistema que protege a sus inversores en el exterior, mientras que los países receptores de inversión, mayoritariamente en desarrollo, cargan con el costo de demandas que pueden paralizar políticas públicas legítimas.\n\nUna reforma genuina requiere repensar los criterios de legitimidad de los árbitros, restringir el concepto de expropiación indirecta a casos realmente arbitrarios, y crear mecanismos de apelación que garanticen coherencia y predictibilidad. Sin eso, solo estaremos cambiando la decoración.

  • Chile aprueba nueva ley de responsabilidad penal empresarial con estándares de compliance reforzados

    La reciente modificación a la Ley 20.393 amplía significativamente el catálogo de delitos por los que las personas jurídicas pueden ser penalmente responsables en Chile. La reforma incorpora nuevos tipos penales vinculados a delitos económicos, ambientales y contra la libre competencia.\n\nEntre los cambios más relevantes se encuentra el refuerzo de los requisitos para los modelos de prevención de delitos, ahora denominados programas de compliance, cuya certificación por organismos acreditados genera una presunción de debida diligencia para la empresa.\n\nLos abogados corporativos advierten que las empresas tienen un plazo acotado para adecuar sus programas internos a los nuevos estándares, so pena de quedar expuestas a sanciones que incluyen multas cuantiosas, suspensión de actividades y hasta la disolución de la persona jurídica.

  • El sistema interamericano frente a la crisis democrática: límites y posibilidades de la CIDH

    El deterioro democrático en varios países de la región pone a prueba la capacidad de respuesta del sistema interamericano de protección de derechos humanos. La Comisión Interamericana enfrenta el desafío de actuar eficazmente ante Estados que desconocen sus resoluciones o denuncian su competencia.\n\nEste análisis examina los mecanismos disponibles: medidas cautelares, informes por país, visitas in loco y la remisión de casos a la Corte IDH. También evalúa las limitaciones estructurales del sistema, incluyendo el financiamiento insuficiente y la falta de mecanismos coercitivos de cumplimiento.\n\nLa pregunta central es si el sistema interamericano puede seguir siendo un referente de protección cuando los propios Estados que lo integran son los principales violadores de los estándares que han comprometido respetar.

  • Colombia reforma su código procesal penal: claves del nuevo sistema de audiencias virtuales

    El Congreso de Colombia aprobó una reforma sustancial al Código de Procedimiento Penal que institucionaliza las audiencias virtuales como modalidad permanente del sistema judicial. La medida, impulsada tras la experiencia de la pandemia, busca reducir la mora procesal y garantizar el acceso a la justicia en zonas rurales.\n\nLa reforma establece estándares técnicos mínimos para la realización de audiencias remotas, define qué etapas procesales pueden desarrollarse de forma virtual y cuáles requieren presencialidad obligatoria, como las audiencias de juicio oral.\n\nCríticos de la reforma advierten que la brecha tecnológica en regiones apartadas puede profundizar las desigualdades en el acceso a la justicia, mientras que sus defensores destacan el ahorro de costos y tiempos para los usuarios del sistema.